AIDESEP, 25 de enero de 2010.
El Fiscal Superior Titular de la Octava Fiscalía Superior Penal de Lima, Adolfo Méndez Méndez, consideró que no hay suficientes indicios para formalizar una denuncia penal contra los dirigentes de la AIDESEP, Alberto Pizango Chota, presidente, Daysi Zapata Fasabi, vicepresidenta; Saúl Puerta Peña, secretario y Walter Kategari, vocal nacional; por los delitos contra la paz pública, apología a la rebelión, sedición y motín contra el Estado.
En esta negativa también están Teresita Antazú, ex cornesha de UNAY; Marcial Mudarra Taki, representante de CORPI SL; Cervando Puerta Peña, presidente de la ORPIAN y Daniel Marzano, presidente de OIRA – Atalaya.
La resolución de la Octava Fiscalía determinó que durante la investigación preliminar concluyó que la implicancia de los Apus de la AIDESEP y del Comité de Lucha Nacional por los delitos denunciados no existen suficientes indicios de la comisión de dichas acusaciones y por lo tanto, declaró INFUNDADO el pedido del Procurador de la Presidencia del Consejo de Ministros.
En esta negativa también están Teresita Antazú, ex cornesha de UNAY; Marcial Mudarra Taki, representante de CORPI SL; Cervando Puerta Peña, presidente de la ORPIAN y Daniel Marzano, presidente de OIRA – Atalaya.
La resolución de la Octava Fiscalía determinó que durante la investigación preliminar concluyó que la implicancia de los Apus de la AIDESEP y del Comité de Lucha Nacional por los delitos denunciados no existen suficientes indicios de la comisión de dichas acusaciones y por lo tanto, declaró INFUNDADO el pedido del Procurador de la Presidencia del Consejo de Ministros.
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